Si usted, padre de familia, tiene algún hijo o hija mayor de edad, que mantiene una relación sentimental que implique sexo con un adolescente varón o mujer, de entre 14 o 18 años, sepa usted, que su retoño puede estar cometiendo el delito de estupro.
El Código Penal llama estupro a la cópula con una persona, empleando la seducción o engaño para alcanzar su consentimiento, el cual es reprimido con prisión de 3 meses a 3 años si la víctima fuere mayor de 14 años y menor de 18. Entonces, en el Ecuador, tener relaciones sexuales con una persona menor de edad, es un delito.
Algunos, con justa razón pensarán que existe el amor y los buenos sentimientos aún con los jóvenes, y sí que los hay, pero para el Código de la niñez y adolescencia todo contacto físico o sugerencia de naturaleza sexual, aun con aparente consentimiento del menor, es abuso sexual. Esto es ratificado en sentencia por la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, que determina que el hecho de que un enamorado “le ofrezca al menor una cerveza”, “matrimonio”, “diciéndole que le quiere mucho”, y tras eso tener relaciones sexuales, con el consentimiento de la menor, es delito de estupro.
Según la misma Corte, “la voluntad y el consentimiento” dados por la menor de edad adolecen de vicio y “se entiende que su consentimiento se lo ha obtenido mediante engaño”.
Es importante que jóvenes y adultos conozcan estas disposiciones legales, para en un futuro no tener que pasar por un penoso proceso penal que podría arruinar la vida y planes futuros de una persona. Recuerde usted, que la ignorancia de la ley no excusa a persona alguna, y como dice el refrán “de buenas intenciones esta lleno el infierno”.
Así que la próxima vez que sus hijos mayores de edad, le presenten a su noviecita o noviecito, sea precavido, y primero, solicítele la cédula de identidad.
