21 noviembre, 2024

Ecuador 2020: Un Ecuador diferente – El destino universal de los bienes (II)

"Mediante el trabajo, el hombre, usando su inteligencia, logra dominar la tierra y hacerla su digna morada: De este modo se apropia de una parte de la tierra, la que se ha conquistado con su trabajo: He aquí el origen de la propiedad individual. La propiedad privada y las otras formas de dominio privado de los bienes, aseguran a cada cual una zona para la autonomía personal y familiar y deben ser considerados como ampliación de la libertad humana." (DSI 176) Pero "La tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad privada como absoluto e intocable: Al contrario, siempre lo ha entendido en el contexto más amplio del derecho común de todos a usar los bienes de la creación entera: el derecho a la propiedad privada como subordinada al derecho al uso común, al destino universal de los bienes" (DSI 177)
 
Esto me recuerda otro punto muy importante del destino universal de los bienes, que tiene que ver con un tema álgido en las discusiones del TLC, el de los derechos de propiedad intelectual. Es indudable que la persona que patenta un descubrimiento tiene derecho a un usufructo RACIONAL por su inversión, su ingenio y su capacidad de desarrollar ese invento, siempre y cuando ese usufructo no afecte los principios elementales de supervivencia de los demás. Por eso, al menos en los descubrimientos de medicinas nuevas, que son muy importantes para salvar vidas, como en el cáncer o el SIDA, es un crimen que el laboratorio que la descubrió, pretenda lograr exageradas ganancias, a costa de la vida de los pacientes que la necesitan y que no pueden cubrir los costos excedidos que pretenden cobrar. Creo que si se permitiera un año de exclusividad y luego de eso, que el laboratorio establezca un precio de venta determinado y que la competencia pueda sacar genéricos, siempre y cuando los puedan vender a más del 20% más barato que el de ellos. Eso les daría la posibilidad de ganar hasta un 20 por ciento más de lo que ganarían normalmente, por unos 10 años, lo que sería una ganancia racional, por un tiempo racional. Pretender ganar desmedidamente con productos de los que puede depender una vida humana, es un crimen de lesa humanidad.
 
“El principio universal de los bienes invita a cultivar una visión de la economía inspirada en valores morales que permitan tener siempre presente el origen y la finalidad de tales bienes, para así realizar un mundo justo y solidario, en el que la creación de la riqueza pueda asumir una función positiva. La riqueza… debe ser empleada como medio útil para promover el bienestar de los hombres y de los pueblos y para impedir su exclusión y explotación.” (DSI 174)
 
El hombre tiene derecho a la posesión de lo que ha logrado con su esfuerzo y su trabajo, pero no debe olvidar, bajo ningún concepto que así como tiene el derecho de posesión, tiene también la obligación de ser solidario con los demás y útil, estar por medio de su trabajo y de sus bienes, sirviendo a los otros. El guardar y atesorar bienes terrenos no conduce a nada, sino a la perdición del hombre y de la raza humana.
 
En un próximo artículo, continuaremos analizando los otros principios fundamentales de la Doctrina Social de la Iglesia.

Publicado en “El Telégrafo” el sábado 7 de abril de 2007

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