22 noviembre, 2024

Señores Jerarcas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Ecuador

Señores:

Siendo “DESDE MI TRICHERA” un reducto inalienable de la defensa de las libertades ciudadanas, cada día más conculcadas por el régimen despótico del economista Rafael Correa, me dirijo a usted para expresarles y pedirles lo siguiente:

Que en razón que en el monologo sabatino del día 2 de Enero del 2010, el mencionado economista me acusó de instigador, por llamar a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas a que cumplan con el taxativo mandato constitucional de defender nuestros derechos, libertades y garantías, se me ha citado a declarar dentro de una indagación previa, por presunto delito de Atentado contra la Seguridad del Estado.

Ahora resulta que pedir se acate la constitución y se desobedezcan las órdenes que se dieren fuera de ella, en respeto a nuestros derechos, garantías y libertades, se considera un Atentado contra la Seguridad del Estado.
Ratificándome expresamente en cada letra de la misma , solicito de ustedes se sirvan publicitar la carta que pretendió ser suscrita por quienes la considerasen pertinente, siendo de mi sola autoría y cívica responsabilidad, la misma que reza :
SEÑORES JERARCAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR.

Por ser Constitucionalmente nuestro derecho e insoslayable obligación de ustedes, quienes suscribimos el presente petitorio lo hacemos para exigirles no seguir rehuyendo su responsabilidad y asumir sin temor denigrante la defensa de nuestras ciudadanas libertades, garantías y derechos, conforme lo establece como obligación de ustedes el artículo 158 de la cotidianamente transgredida Constitución en actual vigencia, que en su parte pertinente manifiesta con resplandeciente claridad:”

Art. 158.- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos.”Artículo que concluye diciendo:

“Las servidoras y servidores de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional se formarán bajo los fundamentos de la democracia y de los derechos humanos, y respetarán la dignidad y los derechos de las personas sin discriminación alguna y con apego irrestricto al ordenamiento jurídico.

Desde la instalación de la Asamblea Constituyente que sin tener autoridad otorgada por los ciudadanos se arrogó funciones ajenas al mandato que recibió, dictando “Mandatos Constitucionales”, Leyes y resoluciones ,llegando a desconocer a una de las funciones del Estado, pasando a asumir indebidamente sus prerrogativas , hemos vivido en un estado de inseguridad jurídica que , luego de la aprobación de la nueva Constitución ,se ha profundizado al punto de que nuestros derechos ,garantías y libertades, que ustedes deben proteger, están sujetos para su vigencia a la voluntad despótica de quien fue elegido como Presidente del Ecuador para gobernar respetando y haciendo respetar la Constitución, pero que gobierna , a su antojo, al margen de ella.

Seria ofender su inteligencia y darles cómoda excusa pretender que ustedes ignoran que el derecho constitucional a opinar y expresar nuestro pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones, así como el de transitar libremente por el territorio nacional, el de a asociarnos, reunirnos y manifestarnos en forma libre y voluntaria , entre otros, nos han sido reiteradamente desconocidos por el poder ejecutivo y sus tentáculos despóticos que tienen pública y notoriamente en indigna sumisión a los organismos de control y a los demás poderes del estado, poniéndonos en completo estado de indefensión.

Ciudadanos privados de su libertad y enjuiciados penalmente por mirar mal al titular del poder ejecutivo o por considerarlo persona no grata. Radio y Canal de Televisión cerrados por supuestas y subjetivas violaciones a la Ley por orden presidencial, ordenes cínicamente negadas por éste en franco irrespeto a nuestras irrenunciables libertades; Corte Constitucional funcionando fuera de los preceptos constitucionales, etc.etc. , demuestran que el Ecuador dejó de ser un Estado constitucional de derechos y justicia social, como reza el artículo primero de la constitución, por lo que es innato a nuestra dignidad de hombres libres, recuperar el país de manos de un gobierno opresivo que se alejó del estado de derecho en menoscabo de la democracia que conlleva el absoluto respeto a nuestra condición de seres libres.

Cierto es que el numeral 16 del artículo 147 de la Constitución le da al Presidente la siguiente atribución:

“16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto mando militar y policial.”

Pero también es cierto que la misma norma limita tal máxima autoridad a que el poder civil actúe dentro del marco constitucional, no pudiendo el poder civil disponer contra la constitución, conforme consta en su artículo 159 que dispone:

“Art. 159.- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional serán obedientes y no deliberantes, y cumplirán su misión con estricta sujeción al poder civil y a la Constitución…”

Resulta ser que el arriba transcrito artículo 158 les da a la PP.NN. y a las FF.AA. la obligación de proteger nuestros derechos, garantías y libertades, de donde se colige que su obediencia al Presidente o a cualquier autoridad estatal se limita a que dicha autoridad no nos los atropelle.

De ahí nuestro facultad para exigir el cumplimiento de la protección ciudadana que ustedes nos deben, exigencia que dirigimos a ustedes ya que son los llamados a brindar la protección debida de acuerdo al referido artículo 158 y en base a nuestro derecho constitucional a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades pertinentes y a recibir atención o respuestas motivadas, constante en el numeral 23 del artículo 66 , así como del artículo 11 que dispone que los derechos y garantías establecidos en la Constitución se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes que garantizarán su cumplimiento y serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte, para cuyo efecto no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.

Tan terminante es la constitución para garantizar los derechos y garantías que contiene, que dispone taxativamente que ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales y que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.
Ante la omisión de su señalada obligación, serían las dos requeridas instituciones responsables del resultado del ejercicio del derecho a la resistencia que ejerceríamos los ciudadanos para contrarrestar los atropellos a nuestras libertades, derecho que consta en el artículo 98 que nos permite ejercerlo “frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.

Las consecuencias de ejercer el Derecho a la Resistencia, connatural al ser humano, conste o no en la Constitución, no teniendo ni pudiendo tener un procedimiento reglado, ocasionaría violencia inusitada que haría un daño mayor a la desunión y lucha de clases provocada irresponsablemente por quien dirige el país. Pero la libertad se defiende a cualquier costo y, en justicia, no al de nuestras vidas sino a las de aquellos que pretenden arrebatárnosla.

Ningún acto dictatorial tendría lugar si la Policía Nacional y/o las Fuerzas Armadas no avalaran con su respaldo la ejecución de órdenes inconstitucionales, obligando a los administrados a su ilegal cumplimiento, conducta que demandamos de ustedes con inmediata aplicación y de acuerdo a su ignorado deber.

Artículos relacionados

5 comentarios

  1. Personalmente no veo en esta carta un atentado contra la seguridad del Estado. Me parece exagerado llamar por esta carta a declarar.
    Tampoco vi, en ninguna de las tomas del fatídico 30 de septiembre ningún acto en el cual haya estado en peligro la vida del Presidente de la República. Sí hubo actos denigrantes en el trato al Presidente, de parte de unos muy pocos agentes del orden. Lo que me hace ponerle el nombre de fatídico al 30 de septiembre fue el acto criminal de atacar un Hospital donde había pacientes graves y recién nacidos, que fueron afectados por los gases y el hecho de que se haya disparado contra hermanos ecuatorianos (y se los haya matado), para pretextar un rescate al Presidente, cuando en ningún momento se vio que hubiera oposición a la salida del mandatario.
    Ese acto sí es injustificable por la ley y por la razón.
    Un abrazo

  2. Absurdistan, vivimos en «Absurdistan» como decia Presley Norton, pero ahora dirigidos por un presidente «Goebbeliano» elegido por un pueblo ignorante.
    Lo de ignorante no es por ofender, es por lastima. Pregunte a la gente ¿por que van a votar en la próxima consulta popular?, y la gran mayoria le dira que por «el SI», sin tener la menor idea de lo que les preguntarán y menos de sus futuras consecuencias.

  3. LAS HEROICAS,HONRADAS E INVENCIBLES F.F.A.A.SERRANAS SE HAN VENDIDO A LA » RISITAS «, COMO PUTAS.DESPUES DEL ASALTO » HEROICO » AL HOSPITAL DE LA POLICIA, SU COMANDANTE EN JEFE DEBERIA SUICIDARSE,SI ES QUE LE QUEDA ALGO DE VERGUENZA.!!!!!!!!!!!!!!

  4. Jaime, lo que más nos indigna es que
    las fuerzas armadas y las policías en vez de ser garantes de todo, ahora son los grandes alcahuetes de todo. Por eso es que el pueblo ya les ha perdido el respeto.
    Mayra

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×