22 noviembre, 2024

El Gerente

Imaginemos por un momento, que usted amable lector, hace más de 20 años
ingreso a trabajar a una empresa, como empiezan casi todos los ecuatorianos,
desde abajo; luego, por sus méritos propios la empresa lo asciende hasta
el puesto de Gerente con poder para representarla; posteriormente, su Jefe
decide despedirlo.

Usted acude a reclamar sus derechos a un Juzgado del Trabajo y allí se
encuentra con la peregrina tesis de los abogados del patrono de que usted,
por haber sido “Gerente”, ya no tiene derechos laborales y por ende no tiene
derecho a indemnización alguna, pues según esta equivocada y cruel tesis, su
relación se volvió civil y comercial.

El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, que garantiza
el derecho al trabajo sin discriminación y en igualdad de condiciones. En
este sentido, la Corte Constitucional, como máximo órgano de interpretación,
en su Sentencia No. 018-11-Sep-CC, realizó un minucioso análisis respecto
al ejercicio del derecho al trabajo garantizado en la Constitución y la
inconstitucionalidad que tiene “cualquier acción u omisión de carácter
regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio
de los derechos” que se opongan al principio “Indubio Pro Operario”. Dice la
sentencia en su parte medular, que en el caso concreto “aunque era Gerente
General con representación legal, judicial y extrajudicial…él reportaba a
varias líneas jerárquicas superiores de mando en la estructura interna de la
compañía,” razón por la cual se encuentra amparado por el Código del Trabajo
y no por la norma civil.

Recordemos que el “mandato”, según el Código Civil, “es un contrato en
que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se
hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera”, percibiendo una
remuneración llamada honorario, sin embargo, no todos los que tiene un poder
de representación son responsables del manejo absoluto de los negocios,
pues en los grandes grupos de poder económico, las decisiones siempre las
autorizan las líneas superiores de mando, como el directorio, la presidencia, y
obviamente el dueño de la empresa.

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¡Basta ya a la inseguridad!

Es lamentable tener que haber llegado a la dolorosa muerte de un niño de apenas 10 años, para que este gobierno indolente, al menos en apariencias, asuma su culpa, por su irresponsable accionar, en lo que a materia de seguridad se refiere.

Tuvo que cegarse la vida del hijo de un conocido periodista deportivo, para que Cuero y el señor Jalk, tomen acciones y acepten que las medidas que han asumido, no han dado los resultados esperados.

Sin embargo el dueño de PAIS, sigue acusando a Socialcristianos y Madera de Guerreros de ser los responsables de todas las desgracias que nos embargan, y son tan sinvergüenzas y cara duras, que cuando un medio de comunicación imparcial, entiéndase por esto, que el Estado no es propietario de los mismos, informa sobre las irregularidades que se suceden a diario, y que son harto conocidas por todos, menos por los “dementes” lúcidas, una andanada de procacidad, calumnias e infamias, son soltadas a viva voz en las cadena sabatinas, para tratar de desacreditar todo lo dicho y que no es acorde con lo presupuestado por la Revolución Ciudadana.

No hay comentarios

  1. SOY ING COM, COMO TAL MI EXPERIENCIA LO DICE QUE EL GERENTE Y/O DUEÑO DE LA EMPRESA, TIENE TAMBIEN DERECHOS TAL ES EL DE SER AFILIADO AL IESS,

  2. Saludos. Los abogados que argumentan los peregrinos razonamientos citados en el presente articulo, deben pertenecer a la Revolucion Ciudadana, donde se practica todo lo contrario a lo que predican. La relacion de dependencia es una sola, sin distinciones.
    Napoleon Sotomayor

  3. Quisiera publicar un texto de 100.000 palabras que contiene una versificaciòn a la prosa de la acciòn polìtico-comunicativa -en verso mètrico de 14 golpes de voz c/u. – A algunos sociòlogos contemporàneos (Weber, Habermas, Bourdieu, Barthes, (entre otros). Y me gustarìa trabajar para este diario versificando editoriales, artìculos, o reportajes. O si prefieren levanto en la estructura de Soneto _Alejandrino. Puedo dar una demostraciòn sin compromiso. Espero su contestaciòn. Gracias.

  4. En la empresa pública, cuando se llega a jefe, subgerente, gerente, etc., luego de varios años, aparece otro gobierno con cuotas políticas y de un solo golpe lo despiden al «honesto servidor que llego por méritos» o por que en la transición no había a quien ponerle¡.. A este pobre no le reconocen nada, los jueces son puestos por el gobernante de turno y no lo pueden contradecir. -viva la robo-lución-

  5. Estas son los gajes del oficio. Mi esposo fue nombrado Gerente de una empresa que crearon trabajadores de una empresa incautada para optar por la compra de dicha empresa. no se concretó la venta, nadie ha dado la cara, el contador jamás avisó que ya no estaba ralizando los movimientos en 0 ante las instituciones mi esposo como representante legal quedó endeudado por multas, el SRI pide un certificado del IESS, como en esta Cía no existian empleados no tiene patronal, pero el IESS no puede darnos tal certificado para intentar liquidar en la Super la empresa. Yo me siento secuestrada ante la insensibilidad del sistema.
    bueno son experiencias que espero no le sucedan a nadie.

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