22 noviembre, 2024

Divorcio Exprés

Con el nuevo Código Orgánico General de Procesos habrá “divorcios rápidos y sin abogados”. ¡Leyenda más vendedora no puede existir!

Si hay un hecho real es que la sociedad no es estática, se transforma y de allí que el derecho busque ir a la par de las necesidades de las personas. Con los datos reales que da el Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC) de que los divorcios se han incrementado en la última década en el Ecuador en un 95,37 %, aquella debía ser una respuesta urgente por parte del legislador, representante del soberano para hacerle, como dicen, “la vida más fácil”.

Expresa nuestra Carta Magna que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y que el Estado la protegerá y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. El Código Civil define al matrimonio como “un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”. Desde luego, si el matrimonio no cumple más su fin, es obligación del legislador dar soluciones rápidas y efectivas a sus mandantes.

Recordemos que el divorcio por mutuo consentimiento es solo una de las causales de terminación del matrimonio, pues existen otras once más, consagradas en el Código Civil, que también se encuentran en los juzgados a “millares surgir”, como lo son la sevicia, las injurias graves o actitud hostil, las amenazas graves de un cónyuge contra la vida del otro, etc. Estas causales merecen también un divorcio rápido en pro de garantizar la integridad física y psicológica de la mujer para no alargar la tortura, pues no todo divorcio es “por mutuo”.

Es importante que en ocasión de que se discute la celeridad y la sencillez en los divorcios por mutuo consentimiento, el legislador valore y analice que no son estos muy graves, para merecer su especial atención y rapidez. Los que merecen rápida solución son aquellos en los que claramente existen atentados contra la vida y dignidad de las personas, pues en ellos el legislador debe dar soluciones expeditas.

Sociedad, Estado y derecho merecen estar compaginados. Por lo tanto, el legislador debe sopesar nuestra realidad y valorar si el “divorcio exprés” debe solo abarcar a aquellos que “les fue mal en el amor”, o también a quienes su vida o dignidad depende de su libertad.

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2 comentarios

  1. Ya hay los divorcios ante Notario Público, pero estos divorcios expres sin abogado son una novelería con la que no concuerdo. Ahora este gobierno hambriador quiere sacarnos del medio a los abogados y siempre crea trámites sin abogados, nos sacaron de Extranjería, nos sacaron de muchas instituciones y ahora quieren que no tramitemos divorcios, estos no saben que muchos divorcios por mutuo consentimiento se vuelven controversiales, por los hijos o por los bienes. Creo que quieren acabar con mi noble profesión.

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