23 noviembre, 2024

La Jueza Collantes

A la ex jueza le tocó pagar la cuenta y ahí se armó el relajo, Dijo que no pagaba porque era funcionaria pública y no tenía por qué pagar. La mujer en la negativa de pagar insultó, agredió, se violentó, ofendió y se ofendió. La policía se encargó de ella y en el trayecto continúo insultando, vejando, agredió a una agente policial, mientras todo esto pasaba, alguien grababa.

Con cámara en mano, el incidente se salió de su magnitud y se popularizó en la red, es decir se enteró todo el mundo. En minutos el suceso dejo de ser de crónica roja para convertirse en político, electoral, de juzgamiento colectivo, censurador, moralista, misógino. No hay quien no se haya enterado ni emitido opinión y reproche. Ella fuera de sí expuso un vocabulario soez, tremendo, terrible. Profirió amenazas, se echó al suelo, se arrodilló para luego continuar amenazando a los tantos y tantos chapas que se ubicaron frente a la infeliz.

¿Quién ordenó filmar los escándalos de la susodicha? ¿Quién ordenó que los vídeos y audios fueran colocados en redes sociales? La Sra. Collantes, la referida ex jueza no dio autorización para que se la filmaran peor para que el vergonzoso incidente sea expuesto inmediatamente en la red. Todos tenemos el derecho constitucional a que nuestros actos no sean considerados públicos ni revelados ante los demás, es nuestro derecho a la privacidad, tenemos el derecho a nuestro buen nombre en todo momento y circunstancias.

No se trata de que la persona aludida se encontrara en estado de perturbación y sin control de sus sentidos ni que sea de conocida filiación política; se trata de la defensa de su dignidad como persona. Sus derechos fueron vulneraron, fue tratada con discrimen, contemplado en el art. 2 de la Constitución política del estado. Además el COIP indica en su art. 4 dice: “ Las personas privadas de libertad conservan la titularidad de sus derechos humanos con las limitaciones propias de su privación de su libertad y serán tratadas con respeto a su dignidad como seres humanos”.

¿Quién grabó todo el escándalo? Quién prendió su cámara y grabó se convirtió en juez y condenó a la infractora al ridículo y a la provocación de pérdida de su dignidad como persona. Todos tenemos derechos y nadie ni nada puede interferir en la vigencia de nuestros derechos. Alguien subió el vídeo en la red, ese alguien que no sabemos quién es pero que tiene nombre y apellido actuó con mala fe y el evidente fin de hacer daño y se convirtió en juzgador.

A esta señora cuya conducta ha sido censurada descomunalmente le están sacando réditos políticos electorales, ella se sacó los cueros al sol y todos en la red vimos y juzgamos estos cueros. Tengo que decir que no todos los jueces deben ser juzgados como iguales peor todo el sistema de justicia debe derrumbarse por el mal proceder de una ex funcionaria. Ahora ya no hay que cuidarse del policía que vigila ni del juez que conoce la infracción sino del ojo curioso que te graba y te expone al juzgamiento social impresionante y sin opción a la defensa. Descomunal escándalo, gigantesco linchamiento y vulneración de derechos.

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3 comentarios

  1. Estoy de acuerdo de que no todos los jueces deben tener actitudes como la de ella.
    Pero tambien estoy de acuerdo que este incidente fue provocado por ella, ella mismo dio facilidades para que ocurra. La prepotencia, el autoritarismo que ha sido parte de este gobierno salio a flote en ese momento en esta ex-funcionaria
    El resto es de opinion publica, se prodria argumentar que se encontraban con el celular documentando los hechos.

  2. Como diría alguien: QUE BARBARIDAD. Por eso hay que clasificar el voto. No elijas a cualquier ciudadano que creas que no debe estar en cargos públicos, se les sube la mostaza. Elije profesionales, títulados no como el primo del que sabemos, que sean dignos de ser Padres de la Patria, en el evento del Congreso o la Asamblea Nacional. Si es posible de gente que tenga plata en paraíso fiscales, para que no roben tanto. Ya es hora del recambio, porque el cambio resultó peor que LOS DE SIEMPRE, o NO? Ojalá que Ecuador se despierte y salga adelante en estas elecciones 2017 y elijamos a personas que verdaderamente quieren a su País, y que de verdad quieran un cambio. Lo único que puedo decir es que Ecuador depende los buenos ecuatorianos. Ns vemos.

    1. COIP (CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL :
      Artículo 471.- Registros relacionados a un hecho
      constitutivo de infracción.-
      No requieren autorización judicial las grabaciones de audio, imágenes de
      video o fotografía relacionadas a un hecho constitutivo de infracción,
      registradas de modo espontáneo al momento mismo de su ejecución, por
      los medios de comunicación social, por cámaras de vigilancia o seguridad,
      por cualquier medio tecnológico, por particulares en lugares públicos y
      de libre circulación o en los casos en que se divulguen grabaciones
      de audio o video obtenidas por uno de los intervinientes, en cuyo caso
      se requerirá la preservación de la integralidad del registro de datos
      para que la grabación tenga valor probatorio.

      DIGO YO :

      La Fiscalía y sus exteriores son lugares públicos y ahí se vió y escuchó a la jueza insultar, amenazar de muerte en 30 minutos, (de lo que no podrá ser sancionada porque no existe el delito de «asesinato expres» en el COIP, -broma para los falto de sentido del humor-).

      No creo que el patrullero sea considerado un bien privado, pero aún si lo fuera, de acuerdo al referido artículo , los policías a los que estaba insultando y amenazando de muerte estarían autorizados a grabar como prueba de la inconducta de la jueza y en defensa de su dignidad y vida.
      Como lo explica la parte final del artículo, se requerirá la preservación de la integralidad del registro de datos para que la grabación tenga valor probatorio.

      NO le quita valor probatorio el haberlo hecho público, solo si no está integro.
      Y si no lo está, ya sabemos por orden de quien. O SE MUEREN EN 30 MINUTOS.

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