Hace pocos días en un programa de televisión el candidato a la presidencia de la República Patricio Zuquilanda exponía que de ganar la presidencia propondría una reforma a la Asamblea Nacional para volver al Senado. Motivo por el cual, hacemos las siguientes reflexiones:
1. La Función Legislativa en la actual Constitución está conformada por una sola cámara que se conoce con el nombre de sistema unicameral. Este sistema aparece también en las Constituciones de 1830, 1850, 1945 y 1978. Sin embargo, en la Historia del Derecho ecuatoriano encontramos que el sistema más utilizado ha sido el bicameral (compuesto por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores).
2. ¿Por qué se escogió en la actual Constitución el Sistema de una sola Cámara? La explicación que dan los ex asambleístas es, entre otras cosas, que para la elaboración de las leyes, éste sistema es más ágil y rápido, evitando además, posibles conflictos entre las dos Cámaras. Lamentablemente, el tiempo no les ha dado la razón y en el sistema actual encontramos grandes falencias, como, por ejemplo el apresuramiento para legislar sin el debido estudio del problema a tal punto que ha existido ocasiones en la que los legisladores se vieron obligados a reformar lo que habían hecho. En otras oportunidades, en cambio, el proyecto de ley nunca fue discutido. A esto se une que a los legisladores se les confiere una suma de poderes que derivan de una verdadera dictadura plural; se trata como señalaba Monseñor Juan Larrea Holguín en su libro Derecho Constitucional ecuatoriano “de una concentración de poderes en pocas manos y durante largo tiempo”
3. El sistema bicameral, por el contrario, permite un estudio mas detenido de los proyectos de ley, ya que deben de pasar para su aprobación por las dos Cámaras, también evita que una sola Cámara, al no tener ningún contrapeso, pueda obrar precipitada o abusivamente.
4. Alguien, por supuesto irónicamente, ha señalado que el sistema bicameral es mejor que el unicameral por la simple razón de que es más difícil que se equivoquen dos que uno.
5. Con el sistema bicameral no existe la necesidad de nombrar al Presidente del Congreso ya que esa función era reservada al Vicepresidente de la República. Se razonaba en contra que el Vicepresidencia dirija la Función Legislativa “pues, es lo mismo que tener a un conspirador a sueldo”. Tales argumentos carecen de valor.
Aplicando el sistema se evitara que tantos personajes de la televisión que van a la Asamblea o personas escogidas por los partidos políticos que desconocen de Derecho decidan sobre las leyes del país ya que lo que ellos propongan deberá pasar por el Senado donde se las estudiará con mayor detenimiento.
Ojalá que la iniciativa del doctor Zuquilanda sea acogida por los demás candidatos a la presidencia de la República.
Desde ya apruebo esa reforma, además que se debería profesionalizar la función de legislador, quiero decir que como mínimo el candidato debería tener título de tercer nivel para Diputado y Senador. La experiencia también es esencial, aunque no imperativa. Ya basta de tantos improvisados al Parlamento. Las leyes deben ser discutidas artículo por artículo, y bien fundamentada, tanto en la Cámara de diputados como en la de Senadores. También que no se olviden de retomar la FISCALIZACIÓN, para ver si de este modo acabamos con la corrupción. Ojalá, así no gane el proponente, lo hagan los otros candidatos que lleguen a las Legislatura.