3 abril, 2025

Urgente, alcance constitucional

A continuación, de forma más detallada y completa por el espacio que brinda la Prensa Digital, «Diario Desde mí Trinchera», mi carta enviada a la Prensa Nacional el 29 de junio de 2018, la misma que agradezco su publicación por el bien de la Patria, en el “Diario Expreso de Guayaquil”, el 30 de junio de 2018.  

Presidente Moreno, la prensa y la web nacional y mundial señalan los crímenes de la narco-dictadura Maduro-Cabello-Castro-Militares. Régimen fallido y delincuencial de plazo vencido hace rato. Venezuela se muere de hambre, sin diálisis, tratamiento VIH, sin transporte, medicinas ni insumos hospitalarios, etc. ¿Por qué como ciudadano democrático, no requirió a Maduro que respete la Consulta y/o Referéndum Revocatorio de 2016 y ahora, usted lanza una Consulta anacrónica (extemporánea)? Nuevas elecciones con la ONU, OEA, UE… y todos los actores y presos políticos. El CNE es corrupto e hizo fraude el 20M. Al país y la Asamblea solicitó (y propongo), un alcance constitucional (no sería una enmienda ni reforma).

(En concordancia). Como herederos de las luchas sociales de liberación frente a todas las formas de dominación y colonialismo, los Arts. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución.

Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes. 2. Garantizar y defender la soberanía nacional. 8. Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia.  17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.

Añadir en el Art.- 147. Numeral 10. Definir la política exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión: “La Política Exterior no podrá ser contraria a la Constitución y voluntad del Mandante, el Pueblo ecuatoriano. A los Tratados Internacionales y Carta de Conducta de Riobamba de Jaime Roldós sobre los derechos humanos de 1980. No podrá apoyar a ningún régimen de izquierda o derecha, violatorios a los principios de los Estados de derecho libres y democráticos; especial señalamiento a las dictaduras con antifaz de democracia y fraudes electorales. De ser del caso, deberá denunciarlos en los foros internacionales pertinentes. No podrá ser en nombre de un partido e ideología política.  Y no podrá menoscabar nuestra soberanía territorial, marítima e historia como república”.

No haga pasar vergüenza al Ecuador (es lo que la mayoría de ecuatorianos siente), apoye a la América democrática que denuncia y acabará con las tiranías de Maduro-Cabello y Ortega-Murillo. Venezuela y Nicaragua (su Pueblo soberano), han sido secuestradas y silenciadas por una “camarilla-corrupta-ideológica-fáctica-militar”.

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