22 noviembre, 2024

Deberes (5)

Para terminar con el tema, comentaré en este especial, que, no siempre en el pasado constitucional ecuatoriano, fue seriamente legislado, salvo en la anterior constitución, a la presente, dictada allá por los años 70/80 del siglo pasado, y sus distintas reformas, que tuvo vigencia, hasta el 2008.

En esta constitución, -actualmente vigente- se introduce un capítulo destinado a la “PACHAMAMA”, la “Tierra” y por 1era. vez en la historia constitucional universal, se le otorga “DERECHOS”, que constituyen “obligaciones” constitucionales, de personas, empresas, gremios y productores, para que, con su actividad no la destruyan, ni contaminen las aguas de las ríos, lagos y mares, así como, tampoco contaminen el medio ambiente, dada la calidad de país megaduciso que tiene el Ecuador, a lo largo y ancho de su territorio, y consecuentemente no sufran sus estragos, las comunidades aledañas o lejanas a tales actividades.

El tema de la Pachamama, es especialmente complejo para el Ecuador, que requiere de la explotación minera y petrolera para su subsistencia y desarrollo.

El beneficio inmenso de sus ingresos presupuestario, se perdería y consiguientemente, no se atenderán las inmensas insatisfacciones del pueblo ecuatoriano, en materia de educación, vivienda, salud y servicios, que dejarían de hacerse y no se lograría el beneficio material y educativo que por décadas vienen reclamando. Creo sinceramente, que la “Tecnología de punta”, terminaria o reduciría ese riesgo.

En casi todos los países del mundo, se explotan los minerales, del subsuelo o a flor de tierra, por ej.: En América Latina.: La plata en Argentina, El Nickel en Chile; el Cobre en Bolivia; el petróleo y otros minerales en el Ecuador, Venezuela y Perú, etc.

En USA, el petróleo; en Alemania el Carbón, en los paise de Europa Nororiental y Central -incluida Rusia- se explota toda clase de minerales.

Luego, concluyó, la “Tecnología de punta”, con toda seguridad que ha evitado a lo largo de los años, la contaminación ambiental, territorial e hídrica.

Se requiere por supuesto, una legislación que proteja, el medio ambiente, la tierra y las aguas, que exija tales técnicas a las empresas productoras de esos productos contaminantes, que, en el reciente pasado, al no exigirles y vigilarlos, causaron mucho daño.

Luego, la solución está en el control absoluto de su producción desde sus inicios hasta su comercialización, con fuertes multas y/o terminación de sus concesiones o contratos, para no caer, en el reciente pasado, como caímos, con la caracterización de la “Mano Negra de Chevron”, cuyo resultado no podría ser otro que los famosos “esparadrapos de oro”, que impedían ver -a quienes tienen la obligación de ver- el daño que por meses o años, se venía dando con la explotación hidrocarburífera en el Ecuador.

El diálogo abierto y franco, entre las autoridades nacionales, concesionarios y comunidades, podría poner fin a los temores, que en la mayor parte de las veces son reales.

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