Ya, el gobierno actual, con su anterior M.M. de Trabajo, dictó unas importantes y necesarias reformas laborales, entre otras, el incluir el trabajo estacional, de temporada, en ciertos áreas laborales, que coinciden con fechas clásicas ecuatorianas, que demandan aumento temporal de empleados, pero solo por 1, 2, 3, o 4 meses de trabajo y no más.
Son las temporadas vacacionales de término del año escolar (de invierno en la Costa y de verano en la Sierra); de los llamados quimestres, de los carnavales, de los días de la Semana Mayor, de los largos feriados de 3, 4 o 5 días, de los meses de celebración del día de la madre y del padre, de las fiestas de Julio y Octubre en Guayaquil, y de Mayo y de Agosto en Quito, de la celebración del día de los difuntos y de la Fundación de la ciudad de Cuenca, la Fiesta de las Flores y de la Fruta, en Ambato y la época de Navidad y año nuevo hasta el dia de Reyes.
En esos días y periodos cortos, por razones POLÍTICAS, religiosas o por descanso, se activa la economía, sobre todo en el área del Turismo, y en estas áreas, el Comercio, la Industria hotelera, los restaurantes, etc. requiere de mano de obra eventual (unos días o meses, no más).
Estas reformas, permiten y permitirán, absolver mano de obra especializada y no especializada en dichas áreas, pero, no es suficiente para disminuir drásticamente el desempleo, aun, cuando podrían contratarse empleados por ½ jornada diaria, en los días de eventualidad, que bien cumplirían las 4 horas y no las 8 diarias, para abarcar y dar trabajo a un mayor número de desocupados.
Ya la cifra de éstos es alarmante en el país, medio millón aproximadamente y cada vez hay más pérdida de empleos de los llamados empleos plenos, que ganan un salario mínimo legal y cuentan con afiliaciones al IESS.
No se amerita, un aumento de las contribuciones al IESS, para financiar las prestaciones sociales ni el aumento en la edad de los próximos jubilados. Los cálculos actuariales consideran que en el año 2035, si se necesitarán los cambios actuales de aportación y de edad jubilar.
Aspectos que, para que no colapse el IESS, podrían paulatinamente subirse, despues de 5 años a la presente fecha. La estabilidad gubernativa podría afectarse si pecamos de excesivamente gravosos. Además podría generar desempleo.
Hay otros mecanismos que ya demostraron en el pasado que si funcionaron, como la compra de cédulas hipotecarias de la banca privada por parte del IESS, que incentivó la construcción, que es después de la agricultura, la mayor absorbente de mano de obra, especializada y no especializada, sin crear un colapso a la empresa privada, que fue tratada con desprecio en la “década ganada”, que sometió a la empresa privada industrial, agrícola y artesanal a un proceso de agonía económica, para suplir su aporte económico y laboral desde el gobierno y desde las entidades públicas, para favorecer a un Estado obeso, con cerca de 500.000 empleados públicos, que racionalmente y en un plazo máximo de 2 años, el Gobierno tiene que liquidar a la mitad de ellos, por supuesto, los ineficientes, los innecesarios y los corruptos, se irán primero, respetando a los de “carrera” y/o liquidándolos de acuerdo con las normas de la contratación pública.
La contratación estacional -entiéndase eventual-, está actualmente vigente, en el articulado del Código de Trabajo. Sobre el trabajo por horas y otros interesantes reformas laborales, las iremos abordando poco a poco, por ahora, dejamos la contratación por horas, planteada, pero, con el cumplimiento de los requisitos legales del Código de Trabajo y de la Ley del Seguro Social Obligatorio.