Cabe recordar que las universidades y escuelas politécnicas , participan, principalmente, de un porcentaje del impuesto a la renta y otro del IVA. La recaudación de estos impuestos ha disminuido dramáticamente por efectos de la pandemia que es de dominio público y con ese justificativo el gobierno pidió el ajuste presupuestario en un porcentaje del 10 % de su asignación presupuestaria y ese es el tema de fondo que tiene resolver la Corte que en forma provisional dictaminó una medida suspensiva mientras resuelve lo principal.
Como antecedente el impuesto adicional del 11 % al impuesto a la renta fue propuesto en 1969, por la Comisión Económica mixta de Senadores y Diputados de esa época.
Más tarde, en los años noventa, se les hizo a las universidades y politécnicas partícipes del 10 % del impuesto a las ventas (IVA). Estos porcentajes son ingresos permanentes de las universidades
En mi opinión ,una vez escuchadas las partes en sus argumentaciones jurídicas sobre la procedencia de sus demandas por el lado de las universidades y los justificativos de los abogados del Estado y de a Senescyt para el recorte presupuestario , la Corte mediante una exposición motivada a cargo de la magistrada ponente puede disponer que se mantenga la participación del 11 % en el impuesto a la renta y el 10 % en el IVA; lo que jurídicamente no puede disponer es el aumento de esos porcentajes o establecer ingresos compensatorios en consideración a la crisis fiscal que atraviesa el país .