21 noviembre, 2024

Reformas legales urgentes

La sociedad ecuatoriana está con enfermedad terminal y catastrófica, su tejido social ha hecho metástasis. Es urgente que con diligencia tenga una cura salvadora, caso contrario la invasiva corrupción terminará decretando la muerte de los principios éticos y morales.

Ante la gravedad manifiesta, por el momento se deben tomar, entre otras, dos decisiones: 1. Reforma a nuestra legislación penal respecto a delitos crueles e inhumanos; y, delitos de usurpación o apropiación de fondos públicos bajo cualquier modalidad y/o circunstancia, para que actores materiales o intelectuales y todos los que fueren parte de las acciones delictivas sean juzgados mediante procesos sumarios, sumarísimos, sustanciados únicamente en dos instancias en plazo máximo de ciento veinte días: la primera de noventa y la segunda de treinta días. Delitos juzgados aún en ausencia de los indiciados y sin opción a prescripción.

Las penas para esos delitos deberían ser de cincuenta años, cuyas condenas sean cumplidas en cárceles, no arrestos domiciliarios por tener más de 65 años o padecer enfermedad; solo habrá excepción al calabozo, en caso de enfermedades catastróficas y terminales debidamente avaladas por tres médicos de reconocida solvencia moral y académica.

Dictada la sentencia los reos tendrían derecho a un recurso de revisión en los subsiguientes quince días. Recurso conocido por una de las salas de lo penal de la Corte Provincial, la que máximo en treinta días debería sustanciar la causa. En esta etapa el indiciado aportará las pruebas que estime conveniente, pero así mismo la Fiscalía en representación de la vindicta pública ratificará los elementos acusatorios o aportará, si es el caso, nuevos elementos. En cuyo evento, de haber nuevos agravantes o de ratificarse simplemente la sentencia, se le acumulará adicionalmente un treinta por ciento más de la condena al recurrente por haber abusado del tiempo de la administración de justicia. 2. Reformas educativas mediante la cual de manera general se implanten en los planes y programas educativos de escuelas y colegios como materias de estudio obligatorio y aprobación: cívica, ética, moral y urbanidad. Materias que también deberán constar en los pensum de todas las carreras académicas de las universidades, al igual que en los institutos tecnológicos. Repito, de estudio y aprobación obligatorios, para así formar en valores y sentimientos al nuevo ciudadano ecuatoriano.

Soñemos en grande.

 

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Los tratados tanto de 1952, firmados en Chile, como el de 1954 en el Perú fueron suscritos por Ecuador, Chile y Perú; por lo tanto, lo que sostiene Perú frente a Chile, de una u otra forma atañe al Ecuador, pese a las reiteradas declaraciones de la cancillería peruana e incluso las del Presidente Alan García “que con el Ecuador no hay ningún problema de límites”, en materia de limites no hay que descuidarse y hay que actuar con extremada prudencia. Eso no quiere decir que la demanda interpuesta en la Haya por el Perú, que reclama alrededor de 35 mil kilómetros cuadrados de jurisdicción marítima, los mismos que están bajo soberanía chilena, no sea de nuestra incumbencia, ya que los tratados firmados en Chile y Perú, el Ecuador está incluido.

1 comentario

  1. 1.- La sociedad no tiene porqué mantener tanto tiempo a un delincuente. Pena de muerte.
    2.- Falta sanción para el abogado que burle y retarde la aplicación de la ley.
    3.- Programa de instruccion intelectual obligatorio para los presos o trabajos forzados, según los casos.

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