Antes de tomar posición con mi opinión en esta emergencia y caos político y jurídico, hablaré de las repercusiones que trae esta medida inédita en Ecuador, empezando por precisar ciertos conceptos y la verdadera intencionalidad del presidente, las causas y efectos que puedan presentarse en la ejecución de la muerte cruzada y luego analizar las leyes que deben ser priorizadas y aprobadas con el nuevo sistema de emergencia económica por grave conmoción interna
REPERCUCIONES CAUSA Y EFECTOS DEL DECRETO 741 DE LA MUERTE CRUZADA
1. La clase politica nos ha fallado a todos donde un juicio politico en lugar de defender a la gente se volvió un negocio de las élites
2. El gobierno que esta trabado en el tema de gobernabilidad, el único foco de la clase política era destituir al presidente
3. La decisión de disolver la Asamblea y recortar su mismo periodo fue arriesgada, audaz e incierta, pero correcta, porque el presidente incluso si hubiera superado el juicio político los problemas de la gente no se habrian solucionado
4. Para dar una salida constitucional al Ecuador el Presidente decidió aplicar el art. 148 que le otorga la faculta de disolver a la Asamblea mediante el Decreto 741 solicitando al CNE la convocatoria a nuevas elecciones en siete dias como manda la ley
5. Si bien en mi opinión el Presidente debió poner a correr a sus ministros y rectificar no desde hoy sino hace dos años atrás ,con el Decreto 741 ya quedó en el pasado
6. El principal problema entre otros, sigue siendo la inseguridad ciudadana y el control de la delincuencia organizada y el narcotráfico
7. El presidente puede emitir cualquier decreto con rango de ley con reformas profundas y radicales en los escasos meses de gobierno y no necesitamos más pronósticos políticos
8. Si el soberano, el mandante y toda la clase política incluida la Corte Constitucional trabajen monolíticamente con la visión de que la mejor campaña o mejor carta de presentación es la solución de los problemas de la gente y no de los políticos, estaremos en el tren del cambio que nos ha sido esquivo en los últimos tres gobiernos
9. Si la muerte cruzada nos da cinco meses para rectificar lo que no se pudo hacer en cinco años o en los tres gobiernos , debemos estar claros que cada Decreto de ley económica emergente, debe contar con el dictamen oportuno y favorable de la Corte Constitucional y eso puede dar lugar a complicar los debates al interno de la Corte , es decir , no le va a probar todo lo que dicte el Presidente a mas que el próximo gobierno con tinte correista o de oposición populista le puede derogar
10. En cuanto a las demandas de varios grupos sociales y de ex asambleístas para revisar el Decreto 741 la Corte Constitucional solo tiene facultades para la revisión de la constitucionalidad del Decreto de la muerte cruzada que es un mecanismo constitucional¿CUÁLES SON ESAS LEYES ?
1. Reforma tributaria
2. Reforma laboral
3. Reforma a la seguridad social diferente a los intentos de privatización de la Comisión que plantea cambios al sistema de pensiones del IESS
4. Política criminal integral para combatir la inseguridad ciudadana , el ,narco tráfico y delincuencia organizada
5. Reforma al sistema de inversiones y defensa de la dolarización
6. Reforma al perverso sistema político electoral
7. Reforma al sistema de compras públicas que es el nicho de la corrupción
PRECAUCION
Lasso debe entender que Dios le está dando una nueva oportunidad para cambiar el país, gobernando con decretos leyes con carácter de urgencia económica , sujetándose solo al dictamen previo de la Corte Constitucional …y aunque ustedes no lo crean ,la muerte cruzada le puede servir incluso para una reelección presidencial si hace bien los deberes en estos escasos seis meses y para lavar ciertos pecados del mismo Presidente por acción y omisión
Por lo dicho anteriormente ,debemos presente que si el coreismo es el 60 por ciento de electores cautivos y si vuelve al poder y tire abajo el cambio alcanzado, es vital el voto razonado, el cambio de CNE y el aporte inmediato y oportuno de la Corte Constitucional en sus dictámenes en cada ley que presente el Ejecutivo