22 noviembre, 2024

El consejo de la judicatura y la pugna judicial

INTRODUCCION NECESARIA

La Ética Judicial es una disciplina rectora de todos los aspectos de la conducta de los jueces, particularmente, los relacionados con el arte de dar a cada quien lo suyo contenidos en la práctica de la justicia a través de la función jurisdiccional.

Las tareas de protección y ejecución de lo justo en un orden jurídico requieren buenas normas y buenos jueces, quienes comprendan la responsabilidad de su función y actúen éticamente, dando ejemplo constante de cualidades profesionales y humanas, que no se conformen con un conocimiento preciso del Derecho sino, a partir de la ética judicial.

Es este compromiso, identificado con la Ética Judicial, un punto de encuentro unánime de los países iberoamericanos y en particular de Ecuador que lo retomamos cuando el Consejo de la Judicatura dicta una Resolución polémica donde 6 jueces de la Corte Nacional de Justicia cuyos periodos terminan en el 2024 y 2027 Ahora se quedaran hasta el 2030

Miremos el tema desde la visión de un profesional del Derecho que no tiene sesgos por no haber participado en la política ecuatoriana el doctor Manuel Posso Zumárraga

 

ARGUMENTOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

El alargue de perìodos de 6 jueces , según el Consejo de la Judicatura, únicamente obedece a los siguientes objetivos

1. Garantizar la estabilidad de las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), conforme lo ordena el artículo 182 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos 136 y 173 del Código Orgánico de la Función Judicial; a fin de fortalecer la independencia de la Función Judicial, y en ese contexto el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión extraordinaria 144-2023, aprobó reformar el artículo 3 de la Resolución 008-2021.

La reforma aprobada rectifica los periodos de las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia que fueron designados mediante concurso en el año 2021, para periodos inferiores (3 y 6 años) al establecido en la Constitución Ecuatoriana (9 años).

2. El cumplimiento de los estándares establecidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en casos como Quintana Coello vs. Ecuador y Reverón Trujillo vs. Venezuela, que destacan la importancia de la estabilidad del juez para fortalecer la independencia judicial,
Dentro de ese contexto el Pleno del Consejo de la Judicatura acogió los informes técnicos y jurídicos correspondientes y aprobó que el periodo de gestión de los mencionados jueces guarde relación con lo dispuesto en el artículo 182 de la Constitución de la República y en el artículo 173 del Código Orgánico de la Función Judicial.

3 Que de acuerdo con el artículo 183 de la Constitución, las y los jueces de la CNJ son designados previo concurso de oposición y méritos, para un período de nueve años. En este marco y como resultado de la reforma, quienes fueron designados en 2021 podrán cumplir su periodo constitucional.

5. La independencia e imparcialidad de la Función Judicial son fundamentales para garantizar un sistema de justicia equitativa y eficaz que sirva a toda la ciudadanía.

CRITERIO PERSONAL

1-En principio, extender las funciones de los jueces no sería malo porque las unidades judiciales no pueden estar acéfalas. Necesariamente necesitan un administrador de justicia, a la par estaría garantizando la estabilidad de los jueces.

En otras palabras pensando políticamente es una estrategia, quizá, para recuperar un poco de la imagen que se ha visto bastante machada en los últimos Años con la metida de manos en la justicia ecuatoriana

2-Sin embargo cuando uno hace una lectura muy completa de todo lo que ha pasado, en nuestra incipiente Democracia con varias metidas de mano en la justicia viene la desconfianza y empieza a dudar de las buenas intenciones del Consejo de la Judicatura

3.En mi opinión puede ser una manera de transmitir que el Consejo de la Judicatura quiere destituir a los jueces que conocen casos donde están involucrados sus miembros, y de una organización que la mayoría de los ecuatorianos afirma que lo único que se pretende es llegar a una revisión de la sentencia del caso Sobornos con jueces afines ideológicamente al movimiento político de la Revolución ciudadana y que esta decisión el Consejo de la Judicatura es ilegal y un pago de favores anticipados

4.El tema traerá cola por que la pugna judicial se extiende al Presidente de la Corte Nacional de Justicia que pretende desconocer al actual Consejo de la Judicatura y se involucra la Fiscalía que prepara un proceso de enjuiciamiento que por ahora se quedará en el papel, porque no existe Asamblea Nacional organismo competente para enjuiciar a los miembros del Consejo de la Judicatura.

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1 comentario

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