21 noviembre, 2024

Cambiando la mentalidad para el empleo y seguridad social

Si comenzamos este artículo para tratar de convencer que la flexibilización laboral es la solución para la necesidad de empleo, no llegaría a ningún lado ya que se enlistaría un montón de “derechos de los trabajadores” que, ante las estadísticas queda demostrado que los países libres para la contratación son los que menos padecen desempleo, la clase trabajadora agremiada o con empleo nunca renunciarían a sus privilegios y nos quedaríamos estancados en el debate.

Como economista libre procuro proponer soluciones. Me siento comprometido con mi profesión comunicando ideas que ayuden al país a salir del estancamiento, desempleo y de la falta de oportunidades para las futuras generaciones.

Son muchos los temas y propuestas económicas que necesita un país en vías de desarrollo, no obstante tener ciudadanos con dignidad y orgullo debe ser la prioridad de los gobernantes. El empleo pleno da los valores mencionados.

La cedula de identidad debe ser un instrumento inteligente para ser usado en soluciones definitivas relacionadas al empleo, seguridad social, nivel de incapacidad y bono de desarrollo humano. Por ejemplo, teniendo la contratación de empleo por hora, hecho que no perjudica al empleado fijo, se pudiera incorporar nuevos aportantes a la economía del hogar, al que financia sus estudios, a la madre que necesita atender sus hijos, al joven en vacaciones que desea tener su primera experiencia de empleo y el inmigrante regularizado para trabajar en el Ecuador.

Nuestro objetivo como nación debería ser elevar nuestro estándar de vida disminuyendo el umbral de la pobreza que rodea el 27% en el Ecuador. Según el INEC, un ciudadano que percibe un ingreso per cápita menor a $88,72 mensuales se considera pobre y $50 mensuales sería extremadamente pobre.

Una vez aceptado el criterio de la contratación por hora, viene por la explicación del uso de la cedula de identidad del ciudadano, la mima que ya pudiera ser digital tal como va la evolución tecnológica en estos días. Primero, la contratación por hora sería deducible al impuesto a la renta, donde el pago de la contratación debe ser por transferencia electrónica al empleado que sería retenido por el empleador un 10% como parte automático e inmediato pago a la seguridad social (IESS) en forma de capitalización individual en una cuenta de ahorro hasta el día de su edad de retiro. En caso de que el trabajador haya sido eventual toda su vida, el IESS sería el custodio de ese dinero hasta la edad de jubilación del trabajador. El trabajador pudiera recoger su dinero a la fecha de jubilación, fallecimiento (un familiar) o aceptar propuesta -por parte del IESS- de una mensualidad de jubilación. Segundo, un trabajador informal no pudiera acudir a las dependencias de salud del IESS, pero si a dispensarios médicos públicos. El empleo eventual no soluciona el problema de salud; sin embargo, es un trabajo que forma y da confianza al empleador para su contratación definitiva donde tendría todos los beneficios de la seguridad social; además de ser la oportunidad para que el IESS inicie el sistema de capitalización individual que lo salvaría de la quiebra a futuro, porque una cuenta de ahorros sin tocarse acumula el interés compuesto de todas las aportaciones a lo largo de la vida activa del trabajador. Tercero, el mismo tratamiento de retención del 10% debería ser a la facturación de profesionales naturales a las empresas, siendo este tipo de servicio el único autorizado a ser deducible al impuesto a la renta. En caso de ser una empresa jurídica nacional o extranjera también se retiene el 10% de la factura y proporciona los datos de las personas beneficiarias de la retención. Es decir, puede ser uno sólo o pueden ser varios los beneficiarios de la retención lo importante es que ese dinero esté en su cuenta individual de capitalización para el día del retiro de uno o varios beneficiarios.

Finalmente, el porcentaje de 10% es a manera de ejemplo. Considero que todo trabajo facturado sea éste de plomería, eléctrico o de reparación de hogar debe ser facturado para que sea deductible del impuesto a la renta. Para el caso de los profesionales, se eliminaría la retención al impuesto a la renta; en otras palabras, por ejemplo, un servicio de un profesional que factura $1.000 + IVA recibe en efectivo $1020 porque el empleador de su servicio retuvo el 12% de IVA ($120) y $100 que fueron a u cuenta de capitalización en el IESS. Para que este sistema funcione debe haber dos condiciones: una, que la cuenta de ahorros (o de capitalización), el IESS la abra en un banco privado con sugerencia del trabajador eventual y dos, que al instante de la retención el trabajador informal tenga su recibo del dinero aportado para su jubilación.

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