El emprendimiento y la empresa privada en Ecuador, juegan un rol sumamente importante en la economía del país, por lo que, los socios que las conforman, fungen de motores del crecimiento y la inversión. Para garantizar su bienestar y participación activa, la ley establece dos tipos de derechos esenciales que gozan los socios dentro de las compañías ecuatorianas: los económicos y los políticos. Si bien ambos persiguen el objetivo de proteger los intereses de los socios, se diferencian en su naturaleza, alcance y mecanismos de ejercicio. Podríamos decir que los derechos económicos atienden a la recompensa a la inversión, mientras que los derechos políticos, al control y voz en las decisiones de la empresa.
Ahora, mencionemos ciertas características de ambos. Los derechos económicos se centran en la retribución financiera que a su ve se deriva de la participación/acción en la empresa. Estos derechos se materializan en beneficios tangibles como la distribución de utilidades, cuota de liquidación y suscripción preferente.
La distribución de utilidades es este derecho económico que tienen los socios tienen derecho a recibir parte de las ganancias generadas por la empresa, generalmente en forma de dividendos. La cuota de liquidación alude a que, en caso de disolución de la empresa, los socios reciben una porción del patrimonio social restante luego de cumplir con las obligaciones y la suscripción preferente es el derecho económico que opera si la empresa aumenta su capital, los socios tendrán prioridad para adquirir nuevas acciones o participaciones, manteniendo su porcentaje de propiedad. Estos derechos económicos garantizan un retorno de la inversión realizada por los socios, incentivando su participación activa y comprometida en la empresa.
A diferencia de los económicos, los derechos políticos se enfocan en la capacidad de los socios para influir en la dirección y el control de la empresa. Estos derechos se traducen en la posibilidad de asistir y votar en juntas generales, elegir administradores, solicitar información de la empresa, impugnar acuerdos, entre otros. Estos derechos políticos empoderan a los socios para participar activamente en la toma de decisiones y garantizar que sus intereses sean considerados en la gestión empresarial.
Al referirnos a la asistencia y voto en juntas generales, hablamos de los derechos que tienen los socios de participar en las reuniones donde se toman decisiones cruciales, como la elección de administradores, la aprobación de balances y la modificación del contrato social. Es por esto que los socios tienen la potestad de seleccionar a los individuos que dirigirán la empresa, asegurando que sus intereses y objetivos estén alineados con la gestión. De la misma manera, los derechos políticos incluyen el derechos de solicitar información, como poder acceder a financiera y sobre el funcionamiento de la empresa, permitiéndoles evaluar su situación y tomar decisiones informadas. Si consideran que un acuerdo social es lesivo o ilegal, los socios pueden impugnarlo ante las autoridades competentes.
Es importante destacar que los derechos económicos y políticos no son excluyentes, sino que se complementan para brindar una protección integral a los socios. Los derechos económicos aseguran la retribución justa por su inversión, mientras que los políticos les otorgan la voz y el control necesarios para salvaguardar sus intereses a largo plazo.
La comprensión de la diferencia entre los derechos económicos y políticos de los socios en empresas ecuatorianas es fundamental para fomentar un entorno empresarial transparente y que vaya en crecimiento. Al garantizar tanto la retribución financiera como la participación en la toma de decisiones, se empodera a los socios para que contribuyan activamente al crecimiento y la sostenibilidad de las empresas, impulsando el desarrollo económico del país en su conjunto.