Pongamos en contexto este tema que se inició su debate en el 2021 y reaparece las amenazas de regular o suspender el contenido de las redes sociales por la administración de Maduro en Venezuela , que se han vuelto en aplicaciones tecnológicas que iniciaron como herramientas de márquetin publicitario y desarrollo de la información verificada, contrastada y sin des conceptualizar ,(Art, 22 de la ley de comunicación en Ecuador ) pero en realidad , su abuso se ha extendido a todos los países del mundo con casos sorprendentes de delitos de trata de personas, difamación de la honra, difusión de fake news ,pornografía, extorsiones, secuestros express, etc.
ANTECEDENTES DE INTENTOS DE REGULACIONES:
En febrero de 2021, luego de que Twitter suspendiera la cuenta de Donald Trump, el Ejecutivo mexicano mandó a hacer un estudio motivado por algunas preocupaciones sobre el amplio poder que habían adquirido las redes sociales; ese estudió terminó convirtiéndose en dos propuestas elaboradas por dos legisladores.
Como era previsible, las propuestas han detonado diversas reflexiones. Y algunas de ellas fueron puestas a discusión en el conversatorio virtual a nivel internacional “Redes sociales: denominado ¿REGULAR O NO REGULAR?”, organizado y moderado por, especialista en ciberseguridad y tecnologías de la información pero, no hubo consenso y las propuestas se quedaron en el papel.
Aunque las propuestas para regular las redes sociales establecen en sus motivaciones que sus propósitos no son restringir la libertad de expresión, sino poner límites sobre las prácticas dolosas, suspensión y eliminación de cuentas en estas plataformas, para los especialistas estos intentos incluyen modificaciones, principalmente a la Ley Federal de Telecomunicaciones en el caso mexicano y de EEUU, que afectarían a los usuarios, de maneras diferentes porque sus legislaciones son diferentes.
En este conversatorio, todos los participantes estuvieron de acuerdo en que las regulaciones son necesarias debido al tipo de contenido de algunos usuarios, su alcance que tiene con las grandes masas y los derechos que tienen empresas como Facebook, Twitter o Instagram , WhatsApp, tiktok, etc., sobre la información de sus usuarios, pero no hay consenso sobre cómo debería regularse en material legal, y en mi opinión , se unifica las legislaciones o cada país regula los contenidos de las redes sociales como si fueran un lugar público, y a mi juicio no son espacios públicos sino privados donde las personas desarrollamos nuestras vidas y pasamos la mayor parte de nuestro tiempo, dejando a un lado el habito de la lectura y la reflexión crítica de los hechos que suceden en un pueblo con gobiernos que desvían las crisis con fake news ,tuits, audios y videos utilizados como medios de prueba en materia penal y últimamente con los milagros del tiktok hasta en la política.
En 2016, Organización de las Naciones Unidas en el papel,declaró el Acceso a la Información como un derecho universal, estableciendo que:
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
En definitiva si el acceso a la información y la difusión de la misma se da, en buena medida, a través del Internet, ¿debería ser éste considerado también como un derecho fundamental?
En realidad, ni siquiera a nivel internacional hay consenso al respecto y hoy con el caos político social , económico y de violaciones a los derechos humanos y libertad de expresión en varios países de la Región Latina y en especial en Venezuela, Colombia, Chile ,Ecuador ,Bolivia, Brasil , el Salvador , Cuba, Perú ,etc. , es necesario volver a debatir el tema y poner un pare a tanto abuso difícil de sancionarlo porque a pretexto de los Derechos Humanos y libre expresión, se cometen delitos a la vista y paciencia de las autoridades del control de las telecomunicaciones.