Lo sucedido el 8 de diciembre de 2024 demuestra el grado de descomposición de la sociedad en su conjunto, además de un acto vergonzante que ha indignado a la sociedad ecuatoriana y a la comunidad internacional. Esta situación se agrava por una serie de distorsiones por parte de la prensa, de las autoridades encargadas de la seguridad ciudadana y de opiniones que manipulan la verdad y tratan de politizar un tema netamente judicial debido a la cercanía de las elecciones, lo cual es deleznable.
En otros videos y análisis he expresado mi opinión sobre lo que ocurre en Ecuador con la falta de políticas públicas en los casos de desnutrición crónica infantil y los niños sicarios en el país. Sin embargo, este caso supera la racionalidad, anticipándose a lo que podría considerarse un crimen de Estado.
Pongamos en contexto el tema:
La desaparición de 4 niños, entre 11 y 15 años de edad, ocurrió en el sector Las Malvinas de Guayaquil el 8 de diciembre de 2024. Hasta la fecha de este análisis, 26 de diciembre de 2024, el caso se ha vuelto controversial y está rodeado de muchas hipótesis y acciones constitucionales, como el habeas corpus solicitado a una jueza por los familiares de los niños desaparecidos.
¿Qué es el habeas corpus?
Dentro de la acción de las garantías constitucionales, el habeas corpus tiene como objetivo establecer medios eficaces y rápidos para impugnar detenciones no justificadas legalmente o que se realicen en condiciones ilegales. Así lo establece el Art. 89 de la Constitución de la República del Ecuador, cuando expresa: «La acción de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad…».
El Art. 90 de la misma Constitución amplía la protección jurídica del habeas corpus al expresar:
“Cuando se desconozca el lugar de la privación de libertad y existan indicios sobre la intervención de algún funcionario público o cualquier otro agente del Estado, o de personas que actúen con su autorización, apoyo o aquiescencia, la jueza o juez deberá convocar a audiencia al máximo representante de la Policía Nacional y al ministro competente. Después de escucharlos, se adoptarán las medidas necesarias para ubicar a la persona y a los responsables de la privación de libertad.»
En síntesis, el habeas corpus previsto en nuestra Constitución supuestamente garantista es un mecanismo para asegurar los derechos esenciales de cada persona, reconocidos en el orden jurídico nacional o internacional. El reconocimiento expreso de un derecho significa que no debe haber trabas para su ejercicio, salvo las limitaciones establecidas en el mismo ordenamiento jurídico.
Es decir, en este caso, los familiares de los niños desaparecidos solicitaron al juez de garantías medios o instrumentos jurídicos para asegurar el libre ejercicio de sus derechos, es decir, garantías para proteger los derechos cuando estos son vulnerados. Por lo tanto, sirven como freno contra la arbitrariedad y la ilegalidad, como en este caso, por la actuación de los 16 militares de la FAE que patrullaban la ciudad el 8 de diciembre y detuvieron a los menores.
Resultado del habeas corpus
Una jueza constitucional determinó que este caso encaja en lo que se denomina desaparición forzada. Según la versión de los 16 militares de la FAE, los menores fueron abandonados antes de entrar en la base de Taura.
La jueza constitucional Tanya Loor Zambrano aceptó la acción de habeas corpus solicitada por los padres de los cuatro niños desaparecidos en Guayaquil el 8 de diciembre de 2024 y declaró la desaparición forzada. El responsable de lo ocurrido sería el Estado, si se confirma que los cadáveres de las personas encontradas cerca del lugar de los hechos corresponden a los niños desaparecidos.
Medidas de reparación integral que el Estado tiene que cumplir:
- Que el Estado realice los actos investigativos para dar con el paradero de los niños.
- Que el Ministerio de Salud Pública brinde atención psicológica a los menores cuando sean ubicados y a sus familiares.
- Crear una comisión de cinco personas que trabaje en una investigación independiente a la que efectúa la Fiscalía General del Estado en este momento.
- La Defensoría del Pueblo debe crear un programa de capacitación para las Fuerzas Armadas, cuyos miembros son responsables directos de la desaparición de los menores, sobre cómo tratar casos que involucren a niños y adolescentes.
- Elaborar un documental educativo que informe a la ciudadanía sobre sus derechos humanos en un contexto de estado de excepción y los límites de participación de los agentes estatales.
Por otro lado, se sabe que la Fiscalía allanó la base de Taura, y como declaración política, nuestro presidente sugiere declarar a los cuatro menores como héroes nacionales. Increíblemente, algo más grave sucedió y nos lo ocultan.
Grado de responsabilidad del presidente y de los involucrados
Surge la pregunta del millón de la oposición política a Noboa: ¿Puede ser cesado el presidente de la República por la desaparición forzada de los 4 menores de edad? Yo pregunto además: ¿Por qué, si los militares de la FAE detuvieron a los 4 menores de edad en la ciudad de Guayaquil, los abandonaron en la base de Taura? Las versiones de los 16 militares detenidos en la base de Taura, del ministro de Defensa Giancarlo Loffredo y del abogado de los militares implicados, aducen que los niños fueron apresados por presunto robo. ¿Nos están ocultando la verdad?
Jurídicamente, el artículo 526 del Código Orgánico de la Función Judicial dispone que los menores debieron ser entregados a los agentes de policía para que ellos realizaran el procedimiento correspondiente.
De igual forma, el artículo 527 del mismo cuerpo legal dispone que lo procedente era llevarlos a una audiencia de flagrancia, lo cual no se hizo, salvo en el caso del menor de 11 años, quien no es sujeto de judicialización.
Entonces, existió un abuso de autoridad, violando las garantías y derechos constitucionales de los menores desaparecidos.
El Art. 129, numeral tercero, de la Constitución de la República dispone que, si se determina una desaparición forzada de una persona, el único responsable es el Estado. En este caso, el presidente es el responsable político y, en concordancia con la sentencia de la jueza constitucional de Guayaquil, que declara la desaparición forzada, el problema se complica, se agrava y causa vergüenza ajena.
En mi opinión, el presidente podría ser objeto de juicio político si la Asamblea lo decide, con el voto de una tercera parte de sus miembros. En ese caso, cesaría en sus funciones, pero previamente sería necesario contar con el informe de admisibilidad de la Corte Constitucional, incluyendo en el juicio a los responsables de las Fuerzas Armadas que tienen a su cargo el control de la seguridad ciudadana de los ecuatorianos, especialmente los 16 miembros de la FAE.
En todo caso, habrá que esperar que la investigación de la Fiscalía —no de los videntes de la prensa ni de los políticos— haga su trabajo para la ubicación de los 4 menores de edad con vida, o sus cuerpos sin vida, lo cual tendría consecuencias irreparables para el gobierno, así como para los familiares de los menores, quienes no los queremos como héroes, sino sanos y salvos, no como cuerpos carbonizados de los menores desaparecidos o de otros seres humanos, como se empieza a especular.
Este criterio es válido hasta esta fecha, 26 de diciembre de 2024, porque nadie sabe qué puede pasar mañana o con las elecciones. Yo veo que Daniel Noboa no quiere perder y que a Luisa González no le permitirán ganar las elecciones. Los tenedores de bonos y especuladores financieros son los dueños de Ecuador, y en el CNE, con Atamaint, no existen garantías de una elección transparente.
Atamaint es la principal lobista que decide las elecciones por el mejor postor. Ver mis análisis extensivos sobre dos temas vinculantes:
- El péndulo del mal menor y del candidato menos malo
- Cambiemos la Constitución desde la iniciativa de la sociedad civil y no desde la iniciativa de los partidos políticos en decadencia moral.