Pongamos en contexto este tema que raya en la estupidez jurídica colectiva:
Existe un principio jurídico que se está ignorando en todos los criterios de analistas o supuestos constitucionalistas con sesgos políticos , que es el siguiente:
La Constitución ordena: que lo que no está prohibido expresamente por la carta magna o la ley no se puede exigir su cumplimiento y peor posesionar a Verónica Abad como presidenta en ausencia.
Si el presidente Noboa, ha decidido no hacer campaña me parece que es una jugada o estrategia maestra, porque sencillamente no tiene que pedir licencia.
La Asamblea de conspiradores no puede otorgar licencia a quien no la pide, y si no va a hacer campaña es problema de Noboa. Si la Asamblea actúa en contrario a la ley y a la Constitución comete un delito de usurpación de funciones.
Si yo fuera gobierno, en estado de excepción dispondría a la fuerza pública detener a los conspiradores y llevarlos a una unidad de flagrancia para el juzgamiento de rigor.
Mi aporte
Para que termine estas amenazas de golpes de estado, falsos positivos, o golpes blandos vengan de donde vengan, la única salida viable sin quebrantar el ordenamiento jurídico vigente es procesar una Consulta Popular como antesala de una Constituyente con nueva Constitución que es el problema central del sistema semi Democrático del Ecuador que navega en aguas turbulentas.
La motivación y preguntas de la consulta desde la iniciativa de la sociedad civil y su procedimiento con el gobierno que venga estará a disposición en la web Desde mi Trinchera de la ciudad de Guayaquil a partir del 6 de enero del 2025 y en un video en redes sociales que ponga fin a esta novela conspirativa de ignorantes constitucionales, que se burlan del Pueblo.
Al cierre de este criterio se conoce que el Gobierno de Noboa con Decreto 494 de 4 de enero del 2025 nombra como vicepresidenta a CYNTHIA GELLIBERTS ,¿Que ocurrió con Sahira Moya? Algo me huele mal o hay un acuerdo entre papitos. Exigimos honestidad política