Pongamos en contexto el tema empezando con la siguiente reflexión:
Cuando haces las cosas de corazón y de buena fe, no esperes recompensas; la vida te devuelve multiplicada por diez.
Encontrar opiniones razonables, lógicas y con sentido común de colegas abogados comprometidos por dinero o intereses es tan difícil como sacarse la lotería. Solo la señora Pierina podría adivinar el número del boleto premiado, gracias a las facilidades en la contratación pública que le facilitaba su hermano.
La Constitución y la ley han pasado a ser meramente informativas o como referente, tan igual que un semáforo en rojo a las dos de la mañana que no sirve para su propósito.
De igual forma, en los debates de ciertos «abogados», entre comillas, sus promesas ilusorias de ser candidatos reflectores para hacerse conocer y mostrar sus caras, ocultan sus dobles intenciones.
Las frases o eslóganes de los debatientes expresan generalidades y desentrañan los problemas de la gente, de acuerdo con las conveniencias de sus jefes o de quienes financian las campañas sucias y llenas de descrédito. Todo esto, salvando honrosas excepciones de colegas que sí han pasado por las aulas universitarias y conocen el espíritu de la ley, o de jueces y fiscales que no se manejan con Pendrive en las sentencias para administrar o torcer la justicia.
Estudio de casos
- Delitos penales de estafa: Significa que la persona que, para obtener un beneficio para sí o para un tercero, por medio del ocultamiento de hechos verdaderos o simulación de hechos falsos, induce a error a otra persona, incluyendo a la autoridad, y que tenga como fin realizar un acto que perjudique sus bienes muebles o inmuebles, tiene penas de 5 a 7 años de privación de libertad.
- El presidente de la República declaró hace poco que analiza la posibilidad de convocar a una Asamblea Constituyente, una suerte de espacio de poder para superar la fallida Constitución de Montecristi de 2008, que ha demostrado caos, concentración de poder, hiperpresionalismo, y hoy, apenas tres semanas después de su anuncio, ya se perfilan algunos abogados para elaborar la nueva Constitución con los mismos vicios que los que redactaron la de Montecristi de 2008. Y la medicina será, como siempre, la misma enfermedad.
La iniciativa de elaborar una consulta popular como antesala a una Constituyente y nueva Constitución no debe ser elaborada por lobistas o tinterillos del derecho; tiene que ser tarea de juristas sin vinculación política partidista alguna.
- El principio de preclusión en materia penal: Para ejecutar o cambiar las revocatorias de una prisión preventiva, en Ecuador primero se ponen los zapatos y después los calcetines.
Ciertos jueces y fiscales cometen el error judicial en las audiencias preparatorias de juicio, contrariando el Art. 526, que establece que primero debe realizarse la audiencia preparatoria de juicio y luego las audiencias de revisión de medidas. Lo legal y jurídico es que deben disponer la audiencia de sustitución o revocatoria de la prisión preventiva y luego disponer la audiencia preparatoria de juicio. ¡Error inexcusable!
- En Derecho, todo lo que se plantea o afirma en un juicio debe probarse con diversas clases de pruebas, siendo la prueba documental la más importante, y es la que más se viola. En nuestra legislación de procedimiento penal existe un vacío en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Los artículos 193 hasta 202 no establecen las fechas en las que deben contarse los documentos públicos o privados, y el peligro de los falsos testimonios de testigos perjuros, pagados por las partes, es la normalidad. En especial, ocurre en casos de personas que presentan demandas o denuncias falsas o de mala fe, que deben ser calificadas por el juez competente como temerarias. La temeridad, según el Art. 606 del COIP, trae consigo la reparación integral al afectado y el pago de costas judiciales.
- Las formas en las citaciones en los juicios sucesorios causan problemas. No basta con afirmar con juramento en el lugar donde debe ser demandada o citada una persona, para evitar que sea rechazada por errores de forma. En ocasiones, se manda a completar las demandas, pero nunca se rechazan, lo que ocurre frecuentemente en juicios de herencias cuando se desconoce el domicilio del demandado.
- Las réplicas de los abogados en los juicios penales son risibles.
Casi siempre, en las audiencias, los abogados se aprenden de memoria lo siguiente: «Que el artículo 1 de la Constitución establece un Estado de Derechos y Justicia, y que eso significa, de acuerdo al artículo 11, numeral 9, que hay que hacer respetar los derechos humanos, lo que implica que la tutela judicial efectiva es el más alto poder del Estado. Los jueces y fiscales tienen la obligación de hacer respetar la seguridad jurídica, el sistema del debido proceso, y las libertades y garantías del artículo 66 de la Constitución, así como los Tratados o instrumentos internacionales que deben aplicarse en todos los procesos penales.»
Y con esta cantaleta creen que han ganado el juicio o convencido al juez.
- En algunos casos de recursos de revisión penal, el proceso se demora una eternidad, más de 5 años, y el juez le da solo 5 minutos al abogado para que ejerza el derecho a la defensa de su cliente, violando el debido proceso establecido en el artículo 32 sobre el plazo razonable y los artículos 76, numerales 7, literales a, b y c, de la Constitución de la República.
- Los problemas penales en casos mediáticos, como las desapariciones forzadas y el delito de violación, donde las versiones iniciales del acusado tienen varias contradicciones en el momento de su apresamiento, en la audiencia de flagrancia, en el proceso de reconstrucción de los hechos o en el mismo juicio, dan lugar a contradicciones. Lo mismo ocurre con las pruebas de los polígrafos y ADN, aduciendo que los laboratorios no son confiables, lo que lleva a la condena de inocentes.
- He visto casos cuando uno demanda penalmente a las empresas públicas y privadas que prestan servicios públicos abusivos para el cobro de servicios básicos como luz, agua potable, teléfono, internet, etc. Los jueces dictan resoluciones en contra de la cuerda más débil, que es el usuario, favoreciendo a las empresas públicas y privadas o exigiendo pruebas no previstas en la ley.
- En el ejercicio del Derecho se ven caos inverosímiles en su aplicación, como sentencias preparadas de antemano con Pendrive y prohibiciones de un gobierno que impide a ciertos profesionales ejercer el derecho, negándoles información y coartando el libre ejercicio profesional, rechazando acciones, con derechos y garantías constitucionales vulnerados por el abuso de poder, etc.
Por cuestiones de tiempo y de edición del video, me reservo la enumeración de 250 casos de errores inexcusables y parcialización de la justicia.
En Ecuador se vuelve a la época del Pendrive y el caso expreso de los 4 niños desaparecidos en la acción constitucional de Habeas Corpus, que trae cola y vergüenza internacional.