Pongamos en contexto el tema en el supuesto de que llegue Noboa al poder en 2025. La primera gestión sería elaborar la nueva Constitución con verdaderos juristas, con visión de país y sin filiación política, que cambie lo que yo llamo organismos «peajes» o «candados» de la Constitución: Contraloría, Consejo de la Judicatura, Superintendencia de Bancos y de Compañías, CNE, CPCCS, Procuraduría General del Estado, entre otros.
Justificación de estos cambios estructurales
Recuerdo que cuando fui a Montecristi con mis proyectos para el cambio de la Ley del Anciano, la Ley del Adulto Mayor y el tema de la rehabilitación de los ferrocarriles del Estado, lo primero que observé en la mañosería de la Constitución fue la división de poderes.
A leguas se notaba que querían imponer dos funciones ridículas en la Constitución: la Función Electoral y la Función de Transparencia y Control Social, hoy CPCCS. Una novelería copiada de Venezuela y España, porque a última hora participaron asesores españoles cambiando el texto de la Constitución y nadie dijo nada. Con mis protestas, inició mi persecución.
Correa, con su traje a la medida, empezó a manipular sus máximos órganos. El Consejo Nacional Electoral y el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social le fueron siempre funcionales en todo lo que les ordenó para mantenerse en el poder.
La traición de Moreno a Correa
Pero sucedió algo imprevisto: como no hay crimen perfecto, su mismo vicepresidente le clavó el puñal por la espalda y se le esfumaron las intenciones malsanas de Correa para su reforma de la reelección indefinida.
Como el objetivo principal era gobernar al Ecuador por tiempo indefinido, siempre dejando la sensación y engaño en un pueblo con poca educación político-electoral de que sería bajo el marco constitucional-democrático, el blindaje no podía faltar. Entonces, ¿qué mejor que contar con un súperpoderoso Consejo que designe al Procurador General, Fiscal General, Contralor General, Defensor del Pueblo, Defensor Público, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo Nacional Electoral; superintendentes de Bancos, de Protección de Datos, de Ordenamiento Territorial, de Competencia Económica y de Economía Popular y Solidaria; y vocales del Consejo de la Judicatura, y cientos de delegados del Ejecutivo en toda la administración pública? Es decir, el poder en el Ejecutivo. Art. 261, numerales del 1 al 12, etc.
Su funcionamiento, como se suponía, provoca voraces apetitos políticos y los cuestionamientos ciudadanos debido a los claros intereses particulares y los procesos para la designación de autoridades que no se cumplen para su integración. Hoy, en 2025, hay que escoger entre los suplentes de los suplentes, con antecedentes penales y deudores del fisco, etc., y la ruleta de la corrupción sigue más vigente que nunca. Porque Noboa no estuvo preparado para alcanzar el poder y se vio obligado a gobernar su periodo de transición con el enemigo, es decir, con gente de Correa, Moreno y Lasso, y con cientos de problemas heredados y una caja fiscal chira.
En definitiva, la reforma estructural, a pesar de que tenga influencia de las mafias del poder político y del narcotráfico, si no cambiamos la Constitución, los ecuatorianos seguiremos siendo testigos de cómo el interés nacional es ampliamente superado por el interés de los viejos políticos con ropaje de jóvenes políticos. Pero aun así, en la práctica, es menos traumática la reelección de Noboa que la vuelta del caudillo. Ver mi video en TikTok vinculante con este tema: La agenda del correísmo.