18 marzo, 2025

Administraciones municipales del Ecuador: Un karma

Pongamos en contexto el tema:

Las administraciones municipales en Ecuador son entidades locales que, en el papel, se encargan de la gestión y provisión de servicios públicos de calidad y oportunos a las comunidades. Existen tres tipos de autoridades locales: municipalidades, concejos locales y concejos regionales. Los alcaldes y concejales son los líderes de estas entidades, elegidos por voto popular para un período de 4 años.

ANTECEDENTES: Cuando vivía el amigo Villavicencio, propuso la auditoría o fiscalización a varios organismos seccionales del país.

La comunidad nos hizo llegar abundantes denuncias de corrupción en la obra pública y nepotismo en las administraciones de los gobiernos de las provincias de Guayas, Imbabura y Pichincha.

Se preparó un borrador u hoja de ruta para iniciar con el trabajo técnico auditable, mientras se buscaba la aprobación de un presupuesto adicional en la Comisión de Fiscalización en la Asamblea. Pero, para colmo, vino la muerte cruzada y el vil asesinato de Villavicencio, y el trabajo de fiscalización en esas provincias quedó en cero. Volveremos a intentar en el próximo gobierno en el caso de que llegue a Carondelet el actual presidente Noboa.

¿QUÉ ARROJARON ESOS ESTUDIOS?

La falta de transparencia y corrupción en las administraciones municipales, y un tufo político.

En mi opinión y sin tratar de señalar irresponsabilidades de los prefectos o alcaldes en particular, yo entiendo que “La transparencia debe ser comprendida desde dos dimensiones.»

La primera, como la garantía del derecho que tienen todos los ciudadanos de conocer sobre la gestión de lo público, y la segunda, la información de su gestión a la ciudadanía, apoyándose en los organismos de control del Estado a nivel provincial y nacional.

El control de los sistemas financieros es nulo

Dentro del contexto del control, la obligación de los gobiernos y las autoridades a informar a la ciudadanía y a rendir cuentas sobre su gestión, los estudios han reconocido a lo largo del tiempo que existe un grave problema en la ejecución de los procesos de la administración pública, lo que conlleva a la consecución de actos de corrupción. Por ello, en 1996, se realizó en la Organización de Estados Americanos (OEA) la Convención Interamericana de Lucha contra la Corrupción.

En este proceso surgen los siguientes conceptos:

  1. Que el buen gobierno municipal viene ligado al principio de transparencia y la concepción de este principio en la planificación de una política pública obligatoria en la obra pública.

  2. La transparencia en la administración pública se traduce en el “ejercicio de las funciones públicas de tal modo que la sociedad pueda comprobar ese ejercicio y, a la vez, la posibilidad real de que los miembros de esa sociedad puedan llevar al Poder Judicial a los agentes públicos para sentar responsabilidades civiles, penales y administrativas”, lo que en la realidad no se observó. A pesar de los exámenes de auditoría y control, los resultados son nulos en los procesos de Contraloría y Fiscalía provinciales.

¿QUÉ HACER?

En lo legal, se tiene que cambiar el sistema de compras públicas, la ley de contratación pública y dar asesoría a los administradores al inicio de su gestión.

Dentro de este proceso, en octubre de 2024, recopilé información en la Universidad de Navarra (España) sobre el sistema de compras públicas y la ley de contratación pública para aplicar en nuestro sistema de administración municipal, porque la corrupción sigue más vigente que nunca, no solo en esas tres provincias, sino a nivel país.

Tratando de retomar el tema de la fiscalización en la comunidad europea, se admiraban de que en un país tan pequeño como Ecuador existan 24 prefectos y 220 alcaldes en sus cantones, sin contar con la numerosa burocracia cautiva que crean los políticos en toda la administración pública, que son islas. Algunas funcionan con presupuestos autónomos, y otras se mantienen con las asignaciones del fisco y de gestiones con fundaciones o ayuda internacional, cuando los alcaldes o prefectos tienen visión de país y de servicio sin miramientos político-ideológicos, encontrando las siguientes irregularidades:

  1. La constante y la tendencia en las tres provincias antes citadas: en algunos cantones de esas tres provincias no se aplican las normas presupuestarias y ni siquiera tienen un control o sistema financiero que controle el gasto administrativo.

  2. Lo más angustioso es ver la cantidad inusual de trabajadores bajo contratación colectiva que requieren presupuestos abultados que se diluyen en gastos administrativos que, en algunos municipios, llegan al 80 % y apenas el 20 % para inversión o construcción de contados proyectos, donde, además de la ausencia de planificación, reina el nepotismo y la influencia de los alcaldes o prefectos ideológicos, que influyen al momento de extender contratos o nombramientos y otorgar contratos a gente de su entorno. En algunos casos, la incapacidad de gestión de algunos alcaldes no alcanza ni siquiera para invertir esos escasos recursos presupuestarios, y se ven en la obligación de devolver recursos al Estado o postergar la obra pública para el siguiente ejercicio fiscal.

  3. De acuerdo a la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control, designados por ordenanzas, se deben designar veedurías de impugnación ciudadana, pero no funcionan.

Y, como es natural, vienen los reclamos de la población que paga cumplidamente sus impuestos, y solo se ve la fotografía de la inauguración de la obra o la firma del convenio que no tiene seguimiento. Para silenciar las voces de protesta, gastan el escaso dinero en programas de entretenimiento con circo, trago y más promesas.

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