24 noviembre, 2024

I.V.A. Minero

A propósito de las reformas a la ley minera que se encuentran en debate en la Asamblea, en mi entrega anterior comenté que el problema fundamental para atraer la inversión minera son los impuestos. Muchos por desconocimiento piensan que el oro es como el petróleo, que solo se extrae y se exporta.

Equivocadamente se piensa que el oro esta en barras o lingotes dentro de la mina, que su proceso no sufre ninguna transformación y en consecuencia no existe IVA que devolver por su exportación.

Al respecto, es importante conocer que la explotación de los minerales es la primera parte de un largo y oneroso proceso que implica su transformación. Primero el inversionista debe de estudiar y ubicar dentro del subsuelo los minerales cuya explotación sea económicamente rentable. En esta fase no hay ingresos, sin embargo se requieren los respectivos permisos de la autoridad.

Impuestos mineros

Con el afán de aprovechar los recursos naturales, y hacer de la minería un motor de desarrollo, el ejecutivo remitió a la Asamblea con carácter de económico urgente, un proyecto de reforma a la normativa minera que tiene por objeto atraer la inversión extranjera. Sin embargo para los entendidos en la materia, el problema de la minería continua siendo el mismo: impuestos.

A saber, los costos de producir una onza de oro son aproximadamente el 60% del precio, es decir que la utilidad bruta de producir esta onza es del 40%. A ese 40% hay que restarle el 15% de las utilidades laborales, más los costos de transporte, seguros y refinación. Luego de todos esos gastos e impuestos se tiene una utilidad neta la cual es gravada con el 50% de impuesto a la renta, cumpliendo así con el mandato constitucional de que el estado “participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, en un monto que no será inferior a los de la empresa que los explota”.

¡Más respeto!

Si bien es cierto que los accidentes de tránsito se han reducido notablemente desde la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, esta suerte no es igual para ciclistas y motociclistas para quienes las calles siguen siendo una amenaza.

Hemos visto en los diferentes medios de comunicación como conductores irresponsables han atentado contra la vida de varios deportistas, lo cual ha ocasionado el público rechazo de la ciudadanía, pues ni las figuras de TV se han salvado.

El pasado jueves 16 de mayo en la ciudad de Guayaquil, un compañero motociclista fue embestido por un vehículo que no respetó las señales de tránsito, y segó la vida de un ser humano, que era hijo, esposo, pero sobretodo padre de tres pequeñas, para quienes su querido papá ya no regresó más del que era un paseo por la ciudad, debido a la de negligencia, imprudencia, e inobservancia de las leyes de tránsito de un conductor que hoy se encuentra preso por el delito que cometió, y esperamos que sobre él, se aplique toda la severidad de la ley.

Beneficios Sociales

Uno de los logros más importantes de este gobierno, ha sido acabar con la injusticia social que se cometía a diario contra personas discapacitadas, pues como dijo el vicepresidente Lenin Moreno, una “sociedad miserable trataba de invisibilizarlos”.

Felizmente esta realidad ha cambiado. En estos días aquellos con capacidades especiales reciben la atención prioritaria y preferente que merecen, sin discriminación alguna, de conformidad con los principios contemplados en nuestra Constitución, por ello, la Ley Orgánica de Discapacidades otorga a este grupo históricamente vulnerado, varios beneficios sociales que en muchos casos son desconocidos por la ciudadanía.

A saber: derecho a acceder a servicios de seguros privados de salud y de medicina prepagada, sin cláusulas de exclusión por motivos de preexistencias y sin incrementar los valores regulares de los mismos; estabilidad laboral en el trabajo; crédito preferente en las entidades públicas crediticias; créditos quirografarios reduciendo en un 50% el tiempo de las aportaciones; 50% de descuento en la tarifa regular en los servicios de transporte terrestre público y comercial, urbano, parroquial o interprovincial y aéreo; exoneración del 50% en las tarifas de los espectáculos públicos.

La cédula

Dice nuestra Constitución que nadie podrá ser discriminado por su lugar de
nacimiento, edad, sexo, identidad de género, estado civil, religión, filiación
política, orientación sexual, discapacidad, etc., en base a éstos preceptos para
y que nadie se sienta discriminado, se busca reformar nuestro documento de
identidad.

Uno de los cambios más publicitados, ha sido la propuesta de un colectivo que
con todo su derecho, solicita cambiar la palabra sexo por género, sin embargo
nótese que género y orientación sexual, según la propia Constitución, no son
lo mismo. Según el Diccionario, género es “conjunto de seres que tienen uno o
varios caracteres comunes”, “clase o tipo a que pertenecen personas o cosas”,
“tela o tejido”.

Falsedad ideológica

En días pasados escuchamos decir al Presidente Rafael Correa, “lo mucho que
nos falta por andar para tener un verdadero sistema de justicia”, acotando que,
mientras “esto siga así, la impunidad campeará”. Y tiene razón.

En esta ocasión voy a referirme a un delito muy común en nuestro país, la
falsedad documental, la cual puede ser material e ideológica, siendo la primera
la que recae sobre un documento genuino y la segunda la que consiste en la
creación o forjamiento de uno falso, como por ejemplo, que una persona que
ya falleció o una compañía inexistente, otorgue mediante notario público un
poder especial de procuración a favor de un abogado.

Dama de Hierro

2

Dijo el poeta Chileno Pablo Neruda: “Podrán cortar todas las flores, pero no
podrán detener la primavera”.

En días pasados una rosa fue cortada, quizás no la más dulce ni delicada, pero
si una de las más grandes de la historia contemporánea, por ello el mundo
se acongojó ante el sensible fallecimiento de la ex primera ministra británica
Margaret Thatcher, llamada la “dama de hierro”; quien fue la única mujer que
llegó al puesto de primera ministra en el Reino Unido, y desde su gestión, logró
recuperar su lugar como una de las mayores naciones industriales del mundo.

Por su mano dura durante su período, la describían como una mujer de temple,
agresiva, incansable, firme, valiente, inquebrantable y “siempre al mando”; que,
en una época de “hombres”, fue la primera mujer en llegar al cargo más alto del
poder.

¿Negocios Vinculados?

El Superintendente de Bancos ha expresado con mucha firmeza, que “el
banquero solo puede ser banquero”, y que no puede dedicarse a vender “telas”
o “licuadoras”.

Dicha afirmación no solo es lógica y correcta, sino que además, ese fue
justamente el espíritu de la disposición constitucional que prohíbe a los
banqueros tener “inversiones en sectores ajenos a su ámbito”.
Esta disposición debió ser acatada el año pasado, por parte de todas las
instituciones del sistema financiero, y la Superintendencia de Bancos y
Seguros tenía el deber y la obligación de controlar que dicho Mandato se
cumpla.

Hoy, casi un año después, únicamente por el “cierre” de un Banco y por las
investigaciones de la Fiscalía y la Superintendencia, se revela que las tiendas
vinculadas mantenían un “supuesto nexo con el principal accionista del Banco”,
a pesar de la aparente “venta” a un grupo Suizo.

El asalariado

Decía el filosofo chino Confucio, que “la ignorancia es la noche de la mente:
pero una noche sin luna y sin estrellas”.

Hace un par de días escuche decir a una persona que la palabra “asalariado”
era “un insulto”; lo cual me trasladó de inmediato a la antigua Roma, para
recordar la noble labor de los soldados romanos que cuidaban la ruta donde
se construía el camino llamado “Vía Salaria”, que llevaba hasta las salitreras
de Ostia, los cuales recibían su pago en sal; llamado “salarium argentum”
(agregado de sal).

Etimológicamente viene del Latín “salarium”, que significa “pago de sal, o por
sal”, dado que la sal en la antigüedad era muy importante, pues era una de las
pocas maneras que se tenía de conservar la carne, poniéndola en “salazón”.

La correspondencia

Dice la Constitución de la República del Ecuador, que se reconoce y
garantizará a las personas, entre otros derechos, “el derecho a la inviolabilidad
y al secreto de la correspondencia física y virtual; ésta no podrá ser retenida,
abierta ni examinada, excepto en los casos previstos en la ley, previa
intervención judicial y con la obligación de guardar el secreto de los asuntos
ajenos al hecho que motive su examen.”

Sucede en muchas ocasiones, que hasta nuestro domicilio o lugar de trabajo
llegan por equivocación, cartas, o estados de cuenta que no nos pertenecen,
y de los cuales visiblemente no somos los destinatarios. En aquellos casos,
debemos recordar que la correspondencia es inviolable y por ende no se la
puede abrir, pues hacerlo constituye un delito, así como también lo es las
famosas “pinchadas” o “intervención” de los teléfonos.

×